Reglamento para pruebas SIN DRAFTING - NO PELOTÓN
Para las competencias en las
que no está permitido ir a rueda (drafting no permitido):
(1) No está permitido
aprovechar la estela de otro atleta o de un vehículo durante el segmento
ciclista de la competición. Se considerará que un atleta está
infringiendo esa norma cuando se encuentre en algún lugar dentro del
rectángulo delimitado por 10 m. de largo y 3 m. de ancho para
competiciones abiertas o de grupos de edad y de 12 m. de largo y 3 m. de
ancho para competiciones élite, tomando como referencia la rueda
delantera de la bicicleta. Esta área se conoce como “zona de drafting”.
Un atleta puede entrar en la
zona de drafting para adelantar al atleta que le precede. Para efectuar
esa maniobra tiene 15 segundos. Si pasado ese tiempo no se ha producido
el adelantamiento, el atleta ha infringido la norma de no ir a rueda.
(2) Un atleta puede entrar en
la zona de drafting de otro atleta, en las siguientes circunstancias:
a. Si adelanta antes de 15 segundos.
b. Por razones de seguridad.
c. En un avituallamiento.
d. A la entrada o salida del área de transición.
e. En giros pronunciados.
f. Otras razones de seguridad determinadas por los oficiales.
(3) Un atleta que es
alcanzado, debe abandonar inmediatamente la zona de drafting del atleta
que le está adelantando.
(4) Los atletas deben
mantenerse a un lado del recorrido y no provocar una incidencia de
bloqueo a los atletas que vienen por detrás. El bloqueo se produce
cuando un atleta que viene por detrás no puede adelantar porque el
atleta que le precede está mal situado.
A y B mantienen una
separación adecuada entre ambos, pero A está bloqueando a B si se
mantiene en esa posición
B está alcanzando a A, y B está ahora en la zona de drafting de A
A y B mantienen la adecuada separación. C no está intentando pasar a B,
y está en su zona de drafting. A y B no están haciendo drafting
(5) En el caso de vehículos,
el rectángulo es de 35 m. de longitud y de 2,5 m a cada lado.
Sanciones por ir a rueda cuando no esté permitido
a) Las sanciones a aplicar a un atleta por ir a
rueda o provocar una situación de bloqueo, en las
competiciones que no esté permitido son las
siguientes:
a. Advertencia
b. Recargo de 1’ (o según reglamento del
fiscalizador)
c. Descalificación
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